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¡OJO! ¡El Big Brother del SAT!

¿Te has preguntado qué es lo que sabe de ti el SAT?

Tus actividades, tus actos y tus ingresos respecto de las leyes tributarias, son cuestiones que a veces pasan desapercibidas para ti, querido contribuyente, y esto, claro que es porque te encuentras ocupado produciendo lo que es propio de tu negocio.

Tal vez eres un médico, un empresario que se dedica al comercio de bienes, o tienes una empresa productora. Lo cierto de todo esto, es que, si te sientes solo alguna vez, recuerda que el SAT siempre estará al pendiente de ti.

Si tienes una cuenta bancaria y depositas en efectivo grandes cantidades, los bancos estarán obligados a reportar dichos movimientos al SAT, y esto es, porque desde hace más de diez años, ya no existen las cuentas fiscales, ni las personales, pues ya todas son susceptibles de fiscalización.

Si expides un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), este queda registrado automáticamente en la base de datos de la autoridad fiscal y en él se expresan los servicios que proporcionaste, los montos que cobraste, las cantidades unitarias que vendiste, el impuesto que trasladaste, los impuestos que te retuvieron y en su caso, a quién le vendiste; datos que quedan registrados en internet.

Si vendes algún bien o proporcionas algún servicio, tu cliente, con base en el CFDI que le expidas, elaborará su Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, la cual servirá para proporcionar a la autoridad fiscal los montos que le cobraste y que son o no gravados con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En resumen, ¿Cuáles son las fuentes de información del SAT?

  1. Lo que reportan los bancos sobre sus cuentahabientes: depósitos bancarios, incluso discrepancias generadas por el uso de tarjetas de crédito.
  2. Lo que se reporta en las Declaraciones Informativas, ya sea lo que reportes tú sobre tu proveedor o lo que reporta tu cliente sobre ti.
  3. Lo que se reporta en las Declaraciones Mensuales y anuales de determinación de impuestos.
  4. Los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), incluyendo los de nóminas.
  5. La información que puede requerir de terceros el SAT.

Es por ello, que antes de realizar cualquier “planeación fiscal”, es recomendable asesorarse con un especialista en fiscal, ya que existen medios legales para reducir la carga tributaria, como son:

  1. Establecer el régimen fiscal adecuado.
  2. Los beneficios fiscales.
  3. La adecuada elección de una sociedad.
  4. El respaldo en contratos.
  5. El correcto registro de operaciones.
  6. La elección conveniente de la situación jurídica a realizar por la empresa.

Esto es, porque una situación realizada mediante actos ilícitos o simulaciones, puede conllevar a provocar, entre otras consecuencias:

  • Una revisión fiscal por parte de las autoridades.
  • Sanciones pecuniarias.
  • Alguna pena privativa de la libertad.

Te dejo con una breve grabación, disponible en IVOOX, Spotify, Google Podcasts y Apple podcasts en los enlaces y en el siguiente reproductor.

IVOOX

https://bit.ly/3OWFAVi

SPOTIFY

https://spoti.fi/3oK1tw8

GOOGLE PODCASTS

https://bit.ly/3oKcXA0

APPLE PODCASTS

https://apple.co/3zmM9uj

QUE TENGAS UN EXCELENTE DÍA.

TE VEO DESPUÉS. ¡HASTA LUEGO!

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