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VIOLENCIA FAMILIAR: «TE PEGO PORQUE TE QUIERO»

La familia es una Institución, frecuentemente considerada como lo más importante en la sociedad. Desde la Constitución hasta los diversos códigos, leyes y ordenamientos, podemos observar la forma en que se tutela.

Es por ello, que cuando las relaciones entre los miembros familiares se alejan del “deber ser” y se generan aquellos problemas que arrojan como resultado diversos daños tanto físicos como morales, la ley debe de tener contempladas las soluciones correspondientes que tiendan a dejar la psique y el estado físico de las personas de manera óptima frente a las vicisitudes originadas por tales acontecimientos.

Es patente el hecho de que en estos días las familias deben de poner de su parte para tener cierta estabilidad emocional, más aun cuando las consecuencias del entorno no han favorecido para mejorar las relaciones intrafamiliares.

Lo anterior es, porque de acuerdo con las estadísticas de la Organización México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), en mayo de 2023 se tuvieron 118,543 carpetas de investigación por violencia intrafamiliar.

Fuente: Incidencia delictiva en México – Archivos – Nacional (mucd.org.mx)

Las consecuencias de la violencia intrafamiliar, en cada materia son distintas. Dependiendo de la entidad federativa, se tiene contemplada una pena y demás consecuencias.

En materia penal.- En Michoacán el tipo penal y las consecuencias se encuentran en el artículo 178 del Código Penal para el Estado de Michoacán, el  cual se plasma a continuación:

Artículo 178. Comete el delito de violencia familiar quien lleve a cabo conductas que agredan física, psicológica, patrimonial o económicamente, a alguna persona con la que se encuentre unida por vínculo matrimonial, de parentesco, por consanguinidad, afinidad, civil, concubinato, relación de pareja o familiar de hecho o esté sujeta a su custodia, protección o cuidado, o tenga el cargo de tutor o curador sobre la persona, o de aquellas personas que no reúnen los requisitos para constituir concubinato, siempre que hagan vida en común, dentro o fuera del domicilio familiar. Se considerará como violencia familiar la alienación parental demostrada, respecto de sus hijos o adoptados. Se impondrá de uno a cinco años de prisión, suspensión de los derechos que tenga respecto de la víctima por el término de la pena de prisión impuesta, incluidos los de carácter sucesorio y prohibición de ir a un lugar determinado o residir en él.

El delito de violencia familiar se perseguirá por querella, salvo que la víctima sea una persona menor de edad o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, casos en los cuales se perseguirá de oficio.

En materia familiar.- En el Código Familiar para el Estado de Michoacán, se encuentran diversas consecuencias en el caso de violencia familiar y su definición, de acuerdo con el artículo 317 es la siguiente:

Artículo 317. Se considera violencia familiar todo acto abusivo u omisión intencional dirigido a dominar, someter, controlar o agredir física, verbal, psicoemocional, 57 sexual, patrimonial o económicamente a cualquier conformador de la familia, dentro o fuera del domicilio familiar.

No se justifica en ningún caso como forma de educación o formación, el ejercicio de la violencia hacia los menores de edad o personas con discapacidad.

Algunas de las consecuencias son:

      1. La revocación de donaciones antenupciales entre futuros cónyuges;
      2. La obligación de la reparación de los daños y perjuicios físicos y mentales que sean consecuencia de dicha conducta;
      3. El establecimiento de medidas cautelares para resguardar la seguridad de quien sufra las consecuencias de la conducta;
      4. La pérdida de la patria potestad de los menores; y,
      5. La pérdida del derecho a percibir alimentos si quien realizó los actos de violencia familiar era acreedor alimentista.

Lo peor de todo esto es que después de la violencia familiar, todo puede empeorar, trascendiendo en tipos penales más graves, como pueden ser el homicidio y el feminicidio.

Es por ello que surgieron algunos semáforos o indicadores de alerta que bien sirven para orientar a la sociedad a no tolerar ciertas conductas, como son los violentómetros, muy útiles para generar una conciencia de prevención de la violencia en cualquier lugar.

Antes de despedirme, te invito a leer el artículo sobre ALGUNAS VENTAJAS DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL, y otro sobre la  CONCILIACIÓN LABORAL.

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