DANIEL ALEJANDRO MAGAÑA URBINA
Ya casi se cumplen cuatro años desde la reforma laboral que tal vez, es la más importante de esta década.
El primero de mayo de 2019 se publicaron en Diario oficial de la Federación una serie de cambios a la Ley Federal del Trabajo, teniendo como efecto principal la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, tanto Federales, como Estatales, surgiendo en su lugar nuevos entes para los asuntos paraprocesales y jurisdiccionales, además de un nuevo proceso de Justicia Laboral.
Entre algunas de las novedades que a mi parecer son muy benéficas se encuentran las siguientes:
- Se implementa el Juicio Laboral en Juzgados de los Supremos Tribunales de Justicia Estatales.
- El procedimiento será oral, y como en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, todo bajo videograbación, de la cual se podrá requerir copia al final de la audiencia.
- Será presidida por un Secretario Instructor y un Juez, donde se tiene fundamentalmente establecida la importancia de que todas las pruebas se desahoguen en una audiencia y de una forma distinta, pues los abogados tendremos que aplicar técnicas de litigación oral, como el apoyo de memoria y la evidencia de contradicción.
Es verdad que siempre ha existido la conciliación en el Derecho laboral, pero antes de la citada reforma, no fue una etapa establecida para que la realizara un ente distinto, sino que fue diseñada para que se resolviera dentro de una audiencia trifásica (conciliación, demanda y excepciones). Finalmente, a este podríamos llamarlo un Sistema de Justicia Laboral Adversarial.
Puedes descargar la Ley Federal del Trabajo, actualizada al 27 de diciembre de 2022 dando CLICK AQUÍ.
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